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REGIMEN ADUANERO DE:
IMPORTACION DEFINITIVA: Este es un conjunto de normas y procedimientos a los que se somenten las mercancias extranjeras para ser introducidas al mercado nacional para su consumo o uso o indirecto.

REGIMEN ADUANERO DE IMPORTACION TEMPORAL: Para mercancias extranjeras que requieren ser introducidas al pais de forma temporal para su uso, segun los plazos y disposiciones en la Ley General de Aduanas.

REGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: Este aplica para mercancias extranjeras que requieren ingresar al pais de forma temporal, para que una empresa debidamente inscrita al regimen pueda realizarles procesos productivos que le den valor agregado.

REGIMEN DE PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Normas a las que se someten las mercancias nacionales para ser introducidas a un pais de manera temporal, para que sufran reparaciones o modificaciones y estas luego sean introducidas al pais sin el pago de tributos sobre su valor inicial.

REGIMEN DE ZONA FRANCA: Este aplica para mercancias extranjeras que requieren ingresar al pais de forma temporal, para que una empresa debidamente inscrita al regimen pueda realizarles procesos productivos que le den valor agregado.

REGIMEN DE DEPOSITO FICAL: Este es un regimen suspensivo de derechos arancelarios, en los cuales las mercancias sometidas pueden permanecer hasta un plazo maximo de un año sin el pago de tributos, las mercancias se encontrarán bajo control aduanero hasta que estas se sometan a algun otro regimen definitivo o especial, o hasta que se venza su plazo de permanencia y caigan en abandono a favor del fisco.

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